
Términos y condiciones del centro de negocios
1. INSTRUCCIONES PARA EL CONTRATISTA. El contratista deberá incluir el número de orden de compra de RTD en las facturas, las listas de embalaje, los conocimientos de embarque, los paquetes, los contenedores y la correspondencia relacionada con este pedido. Cada envío de mercancías deberá ir acompañado de una lista de embalaje y, si dicho envío completa la orden de compra, deberá indicar en ella: «Este envío completa este pedido». RTD no abonará al contratista los gastos incurridos en embalaje, encajonado, seguro de transporte, manipulación, flejado, etc., a menos que se haya acordado previamente y se haya indicado en la orden de compra original. Las mercancías deberán embalarse de forma que se garantice su llegada segura a destino; RTD podrá rechazar las mercancías que no estén debidamente embaladas.
2. ACEPTACIÓN DEL CONTRATISTA. La presente orden de compra constituye una oferta de RTD al contratista para la adquisición de los bienes o servicios a los que se refiere la misma. En caso de inconsistencia o conflicto entre estos términos y condiciones y otros documentos, se aplicará el siguiente orden de prelación: (a) estos términos y condiciones; (b) las condiciones que figuren en el anverso de la orden de compra o a las que se haga referencia en ella; y (c) cualquier contrato de compra o de prestación de servicios relacionado del que la orden de compra forme parte como anexo. Tras la aceptación de esta orden de compra, el envío de los bienes o el inicio de la prestación de los servicios, el Contratista quedará vinculado por las disposiciones de la presente orden de compra, incluidas todas las disposiciones establecidas en la misma, independientemente de que el Contratista la firme o la acepte de otro modo, salvo que el Contratista se oponga a alguna disposición específica mediante un escrito entregado a RTD con una antelación razonable antes del envío de los bienes o del inicio de los servicios.
3. PAGOS. Las facturas, ya sean por bienes o servicios, deberán enviarse a RTD y deberán incluir la siguiente información: razón social del contratista, número de orden de compra, importe total de la orden de compra, número de artículo, descripción de los bienes o servicios, cantidad, unidad, precio unitario e importe total a pagar. Envíe las facturas a: [email protected] Salvo que se especifique lo contrario, el pago se efectuará por las entregas parciales aceptadas por RTD cuando el importe adeudado por dichas entregas así lo justifique. Las tarifas de servicio establecidas en la orden de compra incluyen todos los beneficios, sueldos, salarios, gastos generales, impuestos y otros costes y gastos. RTD no realizará ningún pago por el trabajo realizado en horario extrao en condiciones de tarifa majorada, salvo que dicho trabajo haya sido autorizado expresamente por RTD.
4. DESCUENTOS. Si se negocia un descuento por pago anticipado, sus condiciones se indicarán específicamente en la orden de compra. A efectos de obtener dicho descuento, se considerará que el pago se ha efectuado en la fecha en que se envíe por correo postal de EE. UU.
5. EXENCIÓN FISCAL. RTD es una subdivisión política del Estado de Colorado y está exenta del impuesto especial federal en virtud de los artículos 4221-4222 del título 26 del Código de los Estados Unidos (2002). RTD está exenta del impuesto sobre las ventas del estado de Colorado y de los impuestos sobre las ventas recaudados por el estado (Estado de Colorado: 98-00688). RTD no está exenta de ningún impuesto local sobre las ventas y el uso recaudado por una ciudad con autonomía municipal, a menos que dicho municipio exima específicamente a las subdivisiones políticas del pago de dichos impuestos sobre las ventas y el uso.
6. ENTREGA, INSPECCIÓN Y ACEPTACIÓN. El tiempo es un factor esencial en la ejecución de esta orden de compra. La entrega de la mercancía se realizará en condiciones FOB destino, salvo que se especifique lo contrario en la orden de compra. La inspección y aceptación por parte de RTD se llevarán a cabo en el destino de envío, salvo que se disponga lo contrario. El riesgo de pérdida recaerá en el contratista hasta la entrega, la instalación (si procede) y la aceptación de las mercancías por parte de RTD. En caso de que RTD rechace o revoque legítimamente la aceptación de las mercancías, de conformidad con el artículo 7, se considerará que el riesgo de pérdida ha recaído de forma ininterrumpida en el contratista desde el principio. Cuando se entreguen las mercancías, se entenderá que los certificados o autorizaciones firmados por representantes de RTD constituyen un mero acuse de recibo de las mercancías y no suponen la aceptación por parte de RTD del estado de los materiales, ni en su totalidad ni en parte. RTD se reserva el derecho a devolver las mercancías entregadas antes de cualquier plazo de entrega establecido.
7. PRODUCTOS NO CONFORMES. Si los productos solicitados no se ajustan a los requisitos de la presente orden de compra, RTD tendrá derecho a rechazarlos. Los productos que hayan sido entregados y rechazados podrán devolverse al contratista para su sustitución, corrección, reembolso o abono, según lo indique RTD; cualquier producto rechazado correrá por cuenta y riesgo del contratista. Los gastos de embalaje y manipulación, así como los costes de transporte aplicables derivados de la devolución o el rechazo de los productos, correrán a cargo del contratista. En caso de no aceptación, repudio o rechazo de cualquier producto, RTD no será responsable de los beneficios que el contratista hubiera obtenido, ni de los daños indirectos. Si, tras la notificación del rechazo, el Contratista no sustituye o corrige sin demora dichos artículos rechazados, RTD podrá sustituirlos o corregirlos a cargo del Contratista.
8. VARIACIÓN EN LA CANTIDAD. No se aceptará ninguna variación en la cantidad de ningún artículo solicitado en la orden de compra, salvo que dicha variación se deba a las condiciones de carga, transporte o embalaje, o a tolerancias en los procesos de fabricación, y, en tal caso, únicamente en la medida en que se especifique en otra parte de la presente orden de compra, si procede. Las variaciones en la cantidad que no cumplan estos criterios podrán dar lugar a que la entrega no se considere conforme.
9. MARCA O EQUIVALENTE. Si en esta orden de compra se identifica un artículo como «de marca o equivalente aprobado», la descripción de la compra refleja las características y el nivel de calidad que satisfarán las necesidades de RTD. Las características físicas, funcionales o de rendimiento más destacadas que deben cumplir los productos «equivalentes aprobados» se especifican en la orden de compra. A menos que RTD haya indicado claramente por escrito que se ha aprobado un producto «equivalente», y este esté identificado por su marca, si la hubiera, y por su fabricante o número de modelo, el contratista deberá suministrar el producto de marca al que se hace referencia en la orden de compra.
10. NUEVO MATERIAL. Salvo que en la presente orden de compra se especifique lo contrario, el contratista declara que los bienes y componentes, incluidos los que se identifiquen como antiguos bienes de RTD, son nuevos, incluidos los reciclados (no usados ni reacondicionados), y no presentan una antigüedad ni un deterioro tales que menoscaben su utilidad o seguridad. Si el contratista considera que el suministro de bienes o componentes usados o reacondicionados redundará en beneficio de RTD, deberá notificarlo por escrito al responsable de contratación. La notificación del contratista deberá incluir los motivos de la solicitud, junto con una propuesta de ahorro de costes para RTD en caso de que esta autorice el uso de bienes o componentes usados o reacondicionados.
11. GARANTÍA. El contratista garantiza expresamente que todos los bienes y servicios objeto de la presente orden de compra se ajustarán a las especificaciones, planos, muestras u otras descripciones en las que se basa dicha orden de compra; se ajustarán a las normas comercialmente razonables; serán adecuados y suficientes para los fines previstos; serán comercializables; estarán fabricados con materiales y mano de obra de buena calidad y estarán libres de defectos; y estarán libres de cualquier reclamación de terceros. La inspección y aceptación por parte de RTD, o el uso de los bienes o servicios suministrados en virtud de la presente orden de compra, no afectarán a la obligación del Contratista en virtud de estas garantías, y dichas garantías seguirán vigentes tras la inspección, aceptación y uso por parte de RTD. Ninguna inspección, aceptación o pago de bienes y servicios por parte de RTD constituirá una renuncia por parte de RTD a ninguna de las garantías. Estas garantías se extenderán a RTD, sus sucesores y cesionarios.
12. REPRESENTACIÓN DEL CONTRATISTA. El contratista declara y garantiza que se ha informado debidamente sobre todas las cuestiones que afectan a la ejecución de la obra o a la prestación de la mano de obra, los servicios, los bienes, los suministros, los materiales o el equipo especificados en la orden de compra. Todos los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las normas comercialmente razonables. Todo el personal asignado por el Contratista para prestar los servicios previstos en la presente orden de compra deberá ser capaz, cualificado y competente para desempeñar dichos servicios. RTD podrá exigir al contratista que retire de las instalaciones de RTD o de la obra objeto de la presente orden de compra a cualquier empleado, agente o representante del contratista o de cualquiera de sus subcontratistas que RTD considere incompetente, descuidado o negligente. El contratista declara y garantiza, además, que los precios indicados en la presente orden de compra constituyen una declaración completa y correcta de los precios del contratista para el suministro de los bienes y servicios exigidos por la presente orden de compra y que no son menos favorables que los que se ofrecen actualmente a cualquier otro cliente por bienes o servicios idénticos o similares en cantidades iguales o inferiores.
13. MATERIALES PELIGROSOS. Si los productos adquiridos en virtud de la presente orden de compra contienen materiales peligrosos o son en sí mismos peligrosos, el contratista declara y garantiza que conoce la naturaleza de cualquier riesgo asociado a la fabricación, manipulación y transporte de dichos materiales peligrosos. El contratista está obligado a facilitar una ficha de datos de seguridad del fabricante para todos los materiales peligrosos suministrados.
14. PAGO PUNTUAL A LOS SUBCONTRATISTAS. El contratista se compromete a que: (i) abonará a su(s) subcontratista(s) cualquier importe no impugnado correspondiente a la ejecución satisfactoria de su trabajo en un plazo de siete días a partir de la recepción por parte del contratista del pago de RTD por dicho trabajo; (ii) en un plazo de 30 días tras la finalización satisfactoria del trabajo de un subcontratista y su aceptación por parte del director de proyecto de RTD o del contratista, lo que ocurra primero, el Contratista deberá abonar íntegramente al subcontratista cualquier retención que haya retenido en relación con el trabajo de dicho subcontratista, salvo que se haya presentado una reclamación contra el subcontratista en relación con dicho trabajo; (iii) el incumplimiento de lo anterior podrá dar a RTD causa justificada para imponer una o varias de las siguientes sanciones, hasta que se hayan satisfecho los pagos exigidos a los subcontratistas del contratista, salvo que RTD haya concedido previamente al contratista autorización por escrito para el retraso o aplazamiento de dichos pagos: (1) retener los pagos al contratista; (2) imponer sanciones al contratista; (3) imputar al contratista los daños indirectos o consecuentes del subcontratista; (4) inhabilitar al contratista para participar en futuras licitaciones de contratos de RTD por falta de solvencia; (5) ejecutar la fianza de pago contra el contratista; (6) pagar directamente al subcontratista o subcontratistas y deducir dicho importe de cualquier retención adeudada al contratista; (7) notificar al contratista el incumplimiento del contrato, indicando la posibilidad de rescisión o suspensión del mismo, en su totalidad o en parte; (8) emitir una orden de paralización de las obras hasta que se haya pagado al subcontratista o subcontratistas, orden que constituirá un retraso no autorizado en virtud del contrato y que podría dar lugar a una indemnización por daños y perjuicios a cargo del contratista; y (iv) se asegurará de que los subcontratistas de niveles inferiores cumplan lo dispuesto en este apartado y de que incluyan las disposiciones (i) y (ii) del mismo en todos los contratos de subcontratación de niveles inferiores. En el caso de las órdenes de compra financiadas con fondos locales que tengan un objetivo de SBE, el contratista deberá presentar mensualmente un informe de los pagos realizados a sus subcontratistas SBE, utilizando el formulario E. El contratista se asegurará de que sus subcontratistas SBE de todos los niveles presenten un informe mensual sobre la recepción de los pagos del contratista, utilizando el formulario E-2. Todos los formularios de informe se adjuntarán a la orden de compra y se presentarán a la Oficina de Pequeñas Empresas de la RTD (RTD Small Business Office), 1660 Blake Street – BLK-31, Denver, Colorado 80202, o por correo electrónico al responsable de cumplimiento designado por la RTD SBO para esta orden de compra. En el caso de las órdenes de compra financiadas con fondos federales, el contratista deberá presentar mensualmente a la RTD un informe de los pagos realizados a sus subcontratistas no DBE, utilizando el formulario F. El contratista se asegurará de que sus subcontratistas no DBE de todos los niveles presenten un informe mensual sobre la recepción de los pagos del contratista, utilizando el formulario F-2. Todos los formularios de informe se adjuntan a la orden de compra. Salvo que RTD lo apruebe, el incumplimiento por parte del contratista de lo dispuesto en esta sección constituirá un incumplimiento sustancial de la orden de compra.
15. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD. El contratista se compromete a defender, indemnizar y eximir de responsabilidad a RTD, a sus consejeros, directivos, empleados, agentes y cesionarios frente a cualquier reclamación, demanda, reclamación de indemnización, daños y perjuicios, responsabilidad, acuerdo extrajudicial y sentencia judicial, incluidos los costes, gastos y honorarios razonables de abogados, en la medida en que dichas reclamaciones se deban, total o parcialmente, a cualquier acto u omisión del contratista, sus empleados, agentes, subcontratistas o cesionarios que se deriven de, estén relacionados con, se refieran a o impliquen de cualquier modo los bienes y/o servicios adquiridos en virtud de la presente orden de compra, pero no en la medida en que dichas reclamaciones sean causadas exclusivamente por cualquier acto u omisión de RTD, sus consejeros, directivos, empleados, agentes u otros contratistas o cesionarios.
16. SEGUROS. (El presente artículo se aplicará siempre y cuando las obligaciones del contratista en virtud de la presente orden de compra requieran o contemplen la prestación de servicios por parte de los empleados del contratista, o de personas contratadas por este, en instalaciones que sean propiedad de RTD o que se encuentren bajo su posesión o control.) El contratista deberá mantener las coberturas de seguro especificadas en la solicitud de presupuesto o en la orden de compra, si las hubiera, y deberá presentar a RTD una prueba de dicha cobertura antes de iniciar los trabajos o la prestación de servicios en virtud de la presente orden de compra. Si no se especifican coberturas en la solicitud de presupuesto o en la orden de compra, el contratista deberá mantener todas las coberturas de seguro necesarias para los trabajos que se vayan a realizar en virtud de la orden de compra, incluidos el seguro de responsabilidad civil general a todo riesgo y el seguro obligatorio de accidentes de trabajo.
17. LEY DE INMUNIDAD GUBERNAMENTAL DE COLORADO. Sin perjuicio de cualquier otra disposición de la presente orden de compra, ninguna de las condiciones o cláusulas de la misma se considerará ni interpretará como una renuncia, expresa o implícita, a ninguna de las inmunidades, derechos, beneficios, protecciones u otras disposiciones de la Ley de Inmunidad Gubernamental de Colorado, C.R.S. § 24-10-101, y siguientes, en su versión modificada.
18. NOTIFICACIÓN DE PRESENTACIÓN DE RECLAMACIÓN O DEMANDA. El contratista deberá notificar inmediatamente a RTD, a través del responsable de contratos y adquisiciones, cualquier demanda o acción judicial interpuesta, o bien notificar sin demora cualquier reclamación presentada contra el contratista que se derive de la ejecución de la presente orden de compra. El contratista deberá facilitar inmediatamente al responsable de Contratos y Adquisiciones copias de toda la documentación pertinente que haya recibido. Si el importe de la responsabilidad reclamada supera el importe de la cobertura del seguro exigida por la orden de compra, el contratista deberá autorizar a los representantes de RTD a colaborar con el asesor jurídico de la compañía aseguradora, en su caso, para resolver o defender dicha reclamación.
19. LEGISLACIÓN APLICABLE. El contratista deberá cumplir con todas las leyes, normas y reglamentos locales, estatales y federales aplicables, y deberá obtener todos los permisos necesarios para cualquiera de los trabajos que se vayan a realizar en virtud de la presente orden de compra. El contratista deberá cumplir con la Orden Ejecutiva 11246, «No discriminación en los contratos federales», cuyas disposiciones se incorporan por la presente referencia y pasan a formar parte de la presente orden de compra. El contratista deberá cumplir con cualquier convenio laboral suscrito por RTD que sea aplicable a los trabajos que se vayan a realizar en virtud de la presente orden de compra; se podrán obtener copias de dichos convenios solicitándolas por escrito a RTD. El contratista deberá, a petición de RTD, despedir a cualquier empleado incompetente, deshonesto o poco cooperativo.
20. RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO. El director general de RTD, o la persona en quien este haya delegado, podrá, mediante notificación por escrito al contratista, rescindir la presente orden de compra, en su totalidad o en parte, en caso de que el contratista incumpla cualquiera de las disposiciones de la misma. En tal caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios, incluido el sobrecoste en que incurra RTD por la adquisición de bienes o servicios sustitutivos, siempre que, si se determina por cualquier motivo que el contratista no incurrió en incumplimiento o que el incumplimiento del contratista se debe a causas ajenas a su control, culpa o negligencia, la rescisión se considerará una rescisión por conveniencia con arreglo al artículo 19. En caso de rescisión por incumplimiento, el contratista solo tendrá derecho a una indemnización por el trabajo realizado satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la rescisión.
21. RESCISIÓN POR MOTIVOS DE CONVENIENCIA. El director general de RTD, o la persona en quien este haya delegado, podrá, mediante notificación por escrito al contratista, rescindir la presente orden de compra, en su totalidad o en parte, en cualquier momento cuando ello redunde en beneficio de RTD. Si se rescinde esta orden de compra, el contratista solo tendrá derecho a recibir una compensación por los bienes inspeccionados, aceptados y que no hayan sido rechazados posteriormente por RTD por incumplimiento de las especificaciones. En caso de que esta orden de compra se refiera a servicios y sea rescindida, RTD solo será responsable del pago de los servicios prestados a satisfacción de RTD antes de la fecha de entrada en vigor de la rescisión. El contratista no tendrá derecho a reclamar el lucro cesante correspondiente al saldo de la obra ni ninguna otra indemnización por daños y perjuicios.
22. ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS. Todas las obligaciones de RTD derivadas de la presente orden de compra que requieran financiación estarán sujetas a la concesión previa de partidas presupuestarias anuales, aprobadas expresamente por el Consejo de Administración de RTD a los efectos de la presente orden de compra. Ninguna disposición de la presente orden de compra podrá ser interpretada, ni por el contratista ni por RTD, como una obligación que abarque varios ejercicios fiscales, tal y como se describe en el artículo X, sección 20, de la Constitución de Colorado. Si la Junta Directiva no asigna los fondos, RTD podrá rescindir o modificar la orden de compra según sea necesario. La financiación adicional de la orden de compra se llevará a cabo mediante una modificación por escrito. No podrá surgir responsabilidad legal alguna por parte de RTD por ningún pago correspondiente a la ejecución de la presente orden de compra más allá del ejercicio presupuestario en curso, hasta que los fondos estén a disposición del responsable de contratos para su ejecución y hasta que el contratista reciba notificación de su disponibilidad.
23. CONFLICTOS. Salvo que se disponga lo contrario en la presente orden de compra y/o en cualquier anexo a la misma, cualquier controversia que surja en relación con esta orden de compra y que se refiera a una cuestión de hecho que no se haya resuelto de mutuo acuerdo será resuelta por el director general de RTD o por la persona que este designe. Se notificará por escrito al contratista la decisión adoptada. En la medida en que lo permita la ley, dicha decisión será definitiva, concluyente y no estará sujeta a revisión judicial, salvo que se demuestre que es fraudulenta, caprichosa, arbitraria o tan manifiestamente errónea que implique mala fe.
24. RECURSOS. Cada uno de los derechos y recursos que RTD se reserva en la presente orden de compra será acumulativo y se sumará a cualquier otro recurso previsto por la ley, en equidad o en la presente orden de compra. La renuncia por parte de RTD a hacer valer un incumplimiento de cualquier disposición de la presente orden de compra no constituirá una renuncia a hacer valer cualquier otro incumplimiento de la misma disposición o de otra disposición de la presente orden de compra.
25. LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS NO SE BENEFICIARÁN. Ningún empleado de RTD ni ningún miembro de su órgano de gobierno podrá tener ningún interés personal o financiero, directo o indirecto, en la presente orden de compra, ni en ningún contrato formalizado posteriormente en relación con la misma, durante el ejercicio de su cargo ni durante el año siguiente a su cese. Ningún consejero, directivo, empleado o agente de RTD podrá tener interés alguno en ningún contrato o transacción con RTD, salvo en su calidad de representante oficial.
26. PROPINAS. No se podrán ofrecer gratificaciones (en forma de entretenimiento, regalos o de cualquier otro tipo) a ningún empleado de RTD ni a ningún miembro de su órgano de gobierno con la intención de obtener un trato favorable en el marco de cualquier contrato o transacción con RTD. En caso de incumplimiento de este artículo, RTD podrá, mediante notificación por escrito al contratista, rescindir por incumplimiento la presente orden de compra y cualquier otra orden de compra o contrato que el contratista tenga con RTD. Además, se podrá inhabilitar de forma permanente al contratista para participar en futuras órdenes de compra o contratos con RTD.
27. TAREA. El contratista no podrá ceder, transferir ni gravar, ni en su totalidad ni en parte, las obligaciones que le incumben en virtud de la presente orden de compra, ni ninguno de sus derechos, títulos o intereses sobre la misma, sin el consentimiento previo por escrito de RTD.
28. LEGISLACIÓN APLICABLE; COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. La presente orden de compra se interpretará de conformidad con la legislación del Estado de Colorado. La jurisdicción y el foro competente para todas las controversias derivadas de la presente orden de compra recaerán en el Tribunal de Distrito o del Condado de Denver, Colorado.
29. UTILIZACIÓN DE EMPRESAS DBE/SBE. El contratista deberá colaborar con RTD en lo que respecta a la máxima utilización de empresas desfavorecidas o pequeñas y deberá hacer todo lo posible para garantizar que dichas empresas tengan la máxima oportunidad posible de competir por los trabajos de subcontratación, si los hubiera, en el marco de esta orden de compra.
30. CONTRATISTA AUTÓNOMO. La relación del contratista con RTD será la de un contratista independiente y nada de lo dispuesto en la presente orden de compra se interpretará en el sentido de que se establezca ninguna relación de empleador/empleado, de representación u otra relación de ningún tipo con el contratista o sus empleados.
31. CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN. El contratista se compromete a que todos los bienes y servicios suministrados en el marco de la ejecución de la presente orden de compra cumplan plenamente con todas las leyes, normas, reglamentos u ordenanzas federales, estatales o locales aplicables. El contratista deberá, si así lo solicita RTD, presentar la certificación y las pruebas de dicho cumplimiento.
32. NO DISCRIMINACIÓN. En relación con esta orden de compra, el contratista no discriminará a ningún empleado o solicitante de empleo por motivos de raza, color, credo, origen nacional, sexo, edad o discapacidad.
33. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES. (Este artículo se aplica únicamente a las órdenes de compra de servicios.) El contratista deberá llevar a cabo investigaciones de antecedentes de todos los empleados del contratista a los que se les entreguen tarjetas de control de acceso que permitan el acceso a las instalaciones de RTD. El contratista será el principal responsable de llevar a cabo y examinar dichas investigaciones de antecedentes, siempre que la investigación de antecedentes del contratista incluya, como mínimo, una verificación de antecedentes penales de la Oficina de Investigación de Colorado que abarque los últimos siete años, un examen del historial laboral del empleado que abarque los últimos diez años y, cuando proceda, un historial completo de conducción de vehículos de motor en Colorado. El contratista evaluará la información de antecedentes de acuerdo con sus propias políticas y procedimientos; sin embargo, RTD no aceptará a ningún empleado del contratista cuyos antecedentes revelen: (a) una condena por cualquier delito relacionado con el robo; (b) una condena por cualquier delito de carácter sexual; o (c) una condena por agresión, violencia doméstica o delito relacionado con armas. El contratista mantendrá la confidencialidad de toda la documentación relativa a las investigaciones de antecedentes, pero deberá ponerla a disposición de RTD para su inspección previa notificación con tres días de antelación. En todos los casos en que los empleados del contratista reciban tarjetas de control de acceso, será responsabilidad del contratista devolver dichas tarjetas a RTD al finalizar la asignación. El contratista deberá abonar una tasa de sustitución por cualquier tarjeta de control de acceso que deba ser sustituida. Antes de recibir cualquier tarjeta de control de acceso, el contratista deberá facilitar el nombre de cada empleado asignado para trabajar en el marco de la orden de compra, así como una certificación de que ha llevado a cabo investigaciones de antecedentes para cada uno de dichos empleados. No se iniciará ningún trabajo ni se expedirán tarjetas de control de acceso hasta que RTD haya recibido dicha certificación. Cualquier sustitución posterior de un empleado requerirá una certificación independiente, que deberá recibirse antes de que se entregue una tarjeta de control de acceso al nuevo empleado. El incumplimiento de la obligación de presentar la certificación o el suministro de información falsa en virtud del presente artículo constituirá motivo de rescisión de la presente orden de compra. Cada empleado del contratista que realice trabajos en virtud de la presente orden de compra deberá llevar una tarjeta de control de acceso cuando se encuentre en cualquier instalación de RTD. A los efectos del presente artículo, se entiende por «empleados del contratista» cualquier agente y subcontratista asignado para prestar servicios en virtud de la presente orden de compra.
34. TÍTULOS. Los títulos de estas condiciones generales tienen únicamente carácter orientativo y no limitan su contenido.
35. CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD. Si un tribunal considera que alguna parte, cláusula o disposición de la presente orden de compra es ilegal o entra en conflicto con alguna ley del Estado de Colorado, la validez del resto de las partes o disposiciones no se verá afectada, y los derechos y obligaciones del contratista y de RTD se interpretarán y aplicarán como si la orden de compra no contuviera la parte, el término o la disposición concreta que se haya declarado inválida.
36. ACUERDO ÍNTEGRO; MODIFICACIONES. La presente orden de compra (así como cualquier contrato de compra o de servicios relacionado al que se adjunte la presente orden de compra) constituye el acuerdo íntegro para la compraventa de los bienes y/o servicios identificados en la misma, y queda expresamente limitada y supeditada a la aceptación por parte del contratista de todos los términos y condiciones. Cualquier término o condición adicional o diferente que figure en cualquier presupuesto anterior o que pueda figurar en cualquier acuse de recibo de la presente orden de compra se considerará rechazado por RTD sin necesidad de notificación previa de dicho rechazo, y no tendrá efecto alguno ni será vinculante para RTD bajo ninguna circunstancia. Los términos de esta orden de compra no podrán modificarse ni matizarse, salvo por escrito por parte del director general de RTD o de su delegado.
37. FIRMAS ELECTRÓNICAS. La presente orden de compra podrá formalizarse mediante firma electrónica, la cual se considerará una firma original a todos los efectos y tendrá la misma validez y efecto que una firma original. Sin carácter limitativo, el término «firma electrónica» incluirá las versiones enviadas por fax de una firma original, las versiones escaneadas y transmitidas electrónicamente de una firma original y las firmas digitales.
Términos y condiciones de las órdenes de compra
Fecha de revisión: junio de 2022
Ponte en contacto con el departamento de Compras y Materiales
- 303 299 2251
- [email protected]
Ponte en contacto con la Oficina de Derechos Civiles para la Pequeña Empresa
- 303 299 2111
- [email protected]
Por favor, lee el documento de RTD Política sobre propuestas no solicitadas.
Si tienes alguna duda sobre cómo hacer negocios con RTD, encontrarás las respuestas en preguntas frecuentes.